El 17 de mayo es el día internacional contra la homofobia, la transfobia y bifobia; términos que se emplean para referirse al temor, al odio y a la adversión hacia la persona lesbiana, gay, bisexual, trans o transgénero e intersex, grupo que también se le conoce como comunidad LGBTI y aunque si bien existen diversas formulaciones que incluyen a personas axuales, trasvestis, transexuales, entre otros, usualmente se utiliza dicha sigla de forma indistinta sin que ello suponga desconocer otras manifestaciones de expresión de género, identidad de género u orientación sexual.
Las personas de la comunidad LGBTI históricamente han sido víctimas de discriminación, estigmatización, diversas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales, lo cual ha conllevado que se posicionen en una situación de riesgo.
Y es que la discriminación se presenta tanto en ámbito público como privado, la Organización de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano han precisado que los actos violentos basados en perjuicios van desde asesinatos, palizas, secuestros, agresiones sexuales, amenazas, coacción o privación arbitraria de la libertad, hasta el internamiento psiquiátrico forzado.
En el ámbito público es muy usual que encontremos la discriminación oficial la cual se presenta en las leyes que les niegan el acceso a ciertos beneficios y derechos. Tal es el caso del acceso al matrimonio, que en el estado de Chihuahua se encuentra limitado al acuerdo de voluntades entre un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada, así lo señala el artículo 134 del Código Civil del Estado de Chihuahua vigente. Y que atendiendo a dicha norma estarían imposibilitados para contraer matrimonio dos hombres entre sí o dos mujeres entre sí. Es decir, tenemos una norma vigente que a todas luces es inconstitucional pues el mismo artículo primero constitucional precisa que nadie puede ser discriminado por sus preferencias sexuales, y no acaba allí, sino también la norma es inconvencional es decir que violenta la Convención Americana de Derechos Humanos que prohíbe la discriminación de derecho y los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Negar el acceso al matrimonio a las parejas homosexuales, perpetua la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, lo que ofende su dignidad como personas, inclusive puede contribuir muchas veces a deshumanizar a la víctima lo que trae consigo que tengan lugar la tortura y los malos tratos.
Podrán decir que en la practica el oficial del registro civil permite o autoriza que se lleven a cabo los matrimonios entre personas del mismo sexo, o habrá quienes argumenten que en caso de que las personas se vean limitadas por los funcionarios del registro civil, estos pueden a su vez irse por la vía jurisdiccional a través del juicio de amparo. Sin embargo, el que la persona tenga que recurrir a un medio de defensa como lo es el juicio de amparo, implica desgaste físico, psicológico, de tiempo y económico, lo que trae consigo que se convierta en obstáculo para el ejercicio efectivo del derecho, en donde no solo se violenta el derecho al matrimonio, sino también se violenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Y es que alcance de la protección del vínculo familiar de una pareja de personas del mismo sexo va más allá de los derechos patrimoniales, pues permea también a los derechos sociales, civiles y políticos.
Difícilmente lograremos erradicar la discriminación contra la comunidad LGBTI, si el estado no se compromete a derogar las normas que atentan contra la igualdad, normas que siguen generando estigma social, exclusión y perjuicios. Por tanto, el estado debe cumplir su obligación de cultivar un sentido de empatía por la orientación sexual y la identidad de género como parte inherente de toda persona, comenzando con adaptar sus normas. Además de ser necesario que se emprendan políticas públicas o normativa que busque prevenir y responder o erradicar las violaciones de las cuales son víctimas. Pues a través de estas medidas positivas se puede revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes en la sociedad en perjuicio de este grupo.
Los invito a fomentar una cultura de inclusión de la comunidad LGBTI, pues con ello se forma una cultura de igualdad y justicia antes que una de odio y represión.